Con la urgencia de apagar un incendio, el gobierno ha firmado acuerdos con los sectores cooperativista mineros, compromisos que lograron apagar el fuego, pero las brasas se mantienen vivas en las profundidades, los problemas son estructurales.
El acuerdo con el sector aurífero establece la liberación de cargos derivados de auditorías del manejo del seguro delegado de salud. El seguro delegado es una modalidad dentro de la seguridad social que se estableció cuando la Caja Nacional de Seguridad Social no tenía capacidad de atender los problemas de salud en distritos mineros alejados o eran pocos los afiliados como para justificar inversiones en ese lugar.
En ese caso la parte patronal estaba autorizada a cubrir los gastos de salud con los dineros debidos a la seguridad social, los que posteriormente serían justificados y auditados por la Caja. Esta autorización fue lograda por la dirigencia de las cooperativas auríferas. Cuando se realizaron las auditorías se estableció el mal manejo; el informe íntegro no fue público, el decreto simplemente ordenó a las cooperativas ingresar un monto a la cuenta de la Caja.
El primer error es que el gobierno no puede ordenar a una entidad social, autónoma y autárquica, a modificar sus estados financieros. La Caja es una entidad dirigida por un directorio, responsable de su administración y fiscalización, y las recomendaciones de las auditorías son de cumplimiento obligatorio. El segundo error es que no se anula la delegación del seguro por este mal manejo y por el cual debiera liquidarse y transferir todos los saldos y bienes adquiridos a favor de la Caja Nacional de Salud. El monto movilizado no es poco; el depósito a la Caja no es individual, es automático, el 1.8% de los montos de las ventas, cuya cifra alcanzó en los últimos años a más de $us 3.000 millones, derivándose que los ingresos por este concepto serían de $us 54 millones, equivalente a Bs. 374 millones al año.
El otro convenio, firmado con FENCOMIN, la representación nacional de las cooperativas, establece la liberación de áreas que son de uso exclusivo de COMIBOL. Estas en un principio fueron determinadas con un decreto, posteriormente éste fue elevado a rango de ley, por lo cual ni el ministerio ni el poder ejecutivo pueden liberar estas áreas si no es con una norma del mismo rango. Por otro lado, se compromete a trabajar un proyecto de ley corta para la aprobación de los contratos mineros en la Asamblea Plurinacional a favor de las cooperativas, para facilitar sus trámites, entiéndase como flexibilizar, por su carácter social y de pequeña escala.
La norma establece que todos son iguales ante la ley, mucho más cuando no se aclara qué se entiende por minería a pequeña escala. Otro punto compromete la presencia de un representante de las cooperativas en un cargo estratégico dentro de la COMIBOL, naturalmente para cuidar sus intereses; esto es ilógico, por cuanto las cooperativas son contraparte de los contratos de alquiler y operación minera con la empresa estatal; sus intereses chocan con los de la empresa que debe fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas.
Se pide una participación en el directorio de la Caja Nacional de Salud, parece un pedido legítimo, la gran duda es cuántos cooperativistas están afiliados a la Caja, dado que después de un accidente en las minas, en particular en el Cerro Rico de Potosí, las noticias dicen que el accidentado no estaba afiliado a la Caja. Como lo dijimos, el aporte a la Caja Nacional de Salud es automático para las cooperativas; lo que tiene que hacer cada cooperativa es enviar la lista de sus socios a la Caja, cuando se haga el depósito de este 1,8%; si se analiza estas listas veremos que son muy pocos los asegurados, en general son socios fundadores de las cooperativas y no quienes hoy trabajan.
Por otro lado, emergente de otra movilización, está en el poder legislativo un proyecto de ley por el cual se permite la asociación de las cooperativas con socios estratégicos, entiéndase transnacionales, para que capitalicen y operen los yacimientos concedidos a las cooperativas. Al respecto hay que recordar que, al establecer un contrato para la explotación de los recursos naturales, la Constitución puntualiza que la función económica y social la tiene que ejercer directamente el titular del contrato, es decir no se lo puede transferir, alquilar ni delegar. Este deseo muestra el camino que han elegido las transnacionales para tener un derecho minero por intermedio de las cooperativas que tienen ventajas.
El dicho popular dice que el papel aguanta todo; así, estas promesas, fuera del marco de la ley, no prosperarán; sin embargo, se crea la idea que desde el poder se puede hacer todo y no es así: luego vendrán las frustraciones y la exigencia del cumplimiento de las promesas.
















































































