El 17 de agosto se votó por presidente, vicepresidente, senadores, diputados uninominales y plurinominales y “representantes supraestatales”. (Los entrecomillo porque su creación fue uno de los engendros inútiles y dispendiosos del MAS porque su función siempre había sido realizada por alguno de los diputados “reales” y no necesitaba de esos conmilitones). El problema es que catorce escaños de diputados quedaron vacíos —anónimos, sin candidato— a pesar que fueron votados para uno de los partidos. Trece, para ser exactos, para el PDC y uno para Alianza Unidad. Veamos. (Sobre esto, entre la lista oficial de elegidos publicada y las diferentes declaraciones de vocales de la OEP hay diferencias; mantendré la información de la lista oficial).
Para el PDC, en Chuquisaca el representante supraestatal y su suplente estaban inhabilitados y también lo estaba el suplente de la circunscripción uninominal 3; en Cochabamba, el titular de la circunscripción 28 renunció y el suplente de la circunscripción 22 estaba inhabilitado y el Partido no presentó candidato para representante supraestatal ni su suplente. En Oruro el diputado uninominal suplente de la circunscripción 31 había renunciado; mientras que en Potosí los inhabilitados son el suplente del tercer senador y el suplente del diputado uninominal por la circunscripción 36 y no había candidato para representantes supraestatales (ni titular ni suplente). En el Beni, el suplente del representante supraestatal estaba inhabilitado y es el único curul de la Alianza Unidad en ese departamento.
La Paz, Pando, Santa Cruz y Tarija tienen el beneficio de no tener curules vacías.
Un rápido resumen da un representante supraestatal titular (Chuquisaca) y dos suplentes (Chuquisaca y Beni, uno de Unidad) estaban inhabilitados mientras que dos representantes supraestatales y sus suplentes fueron elegidos sin candidatos inscritos (Cochabamba y Potosí). De senadores electos sólo está vacío el suplente del tercer senador (Potosí) mientras que tres suplentes de diputados uninominales estaban inhabilitados (Chuquisaca, Cochabamba y Potosí) y un diputado uninominal titular (Cochabamba) y otro suplente habían renunciado antes de la elección (Oruro).
De las catorce acefalías, el vocal Ávila detalló que “para unos casos existe jurisprudencia, pero los siete escaños supraestatales vacíos son ‘un caso inédito’ que deberá ser analizado en Sala Plena”. Paralelamente, el presidente interino del Órgano, “Óscar Hassenteufel, dijo que la premisa es que se respete la soberanía popular y que la norma establece que el curul corresponde a la organización política, no a un candidato específico” refiriéndose al postulado inhabilitado o renunciante, y precisó «como precedente el caso de las elecciones de 2002, cuando el MAS ganó dos senadurías por Potosí, pero sólo uno de sus candidatos fue habilitado. “La Sala Plena de aquel entonces de la Corte Nacional Electoral resolvió habilitar como senador titular al suplente en base a un principio de respetar la soberanía popular. El pueblo se había pronunciado mayoritariamente por esa organización”.
Recapitulemos: “el curul corresponde a la organización política”, es decir: a la que postuló al candidato inhabilitado o renunciante (o no inscrito). Y acá me nace el conflicto, la duda: ¿A quién corresponde la decisión de suplir los espacios vacíos: al PDC, que fue la organización que facilitó —prestó— su sigla al candidato presidencial y que, según las explicaciones antes mencionadas de Hassenteufel y de Ávila, sería a quien le corresponden en propiedad esos espacios (respecto al caso de UNIDAD, se calza adecuadamente la explicación de ambos); o a la candidatura de Paz Pereira y Lara Montaño… pero ambos no pertenecen a la organización política…?
Hasta el 8 de noviembre, el OEP tiene de plazo. Pero, en su criterio, amigo lector, ¿a quién le correspondería llenar esas vacancias?
(*) José Rafael Vilar es analista político, académico y escritor














































































