La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz ordenó este martes el levantamiento inmediato de los bloqueos absolutos instalados en carreteras, puentes y vías estratégicas del país, al considerar que las medidas afectan derechos fundamentales de la población.
Así lo establece la Resolución Constitucional 149/2026, emitida en el marco de una acción popular presentada por el exdiputado Amílcar Barral, ante el incremento de los conflictos y los problemas de abastecimiento que atraviesan varias regiones.
El fallo establece que el derecho a la protesta no ampara bloqueos que impidan el acceso a salud, alimentación, agua, educación y libre circulación, además de restringir el paso de ambulancias, medicamentos, oxígeno medicinal y combustible.
La resolución instruye a dirigentes, organizaciones y sectores movilizados cesar cualquier bloqueo absoluto, indefinido o violento que afecte servicios esenciales y derechos de terceros.
Asimismo, dispone la habilitación inmediata de corredores humanitarios y rutas de emergencia para permitir el traslado de pacientes, personal médico, alimentos, agua, medicamentos y otros insumos básicos.
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El tribunal también ordenó al Gobierno central activar espacios de diálogo con participación de los sectores movilizados, bajo criterios de transparencia, buena fe y mediación institucional.
Además, instruyó al Ministerio de Gobierno, junto a otras instituciones estatales, ejecutar un plan de contingencia que incluya identificación de rutas críticas, habilitación de vías alternas, protección de hospitales, mercados y unidades educativas, además de medidas para evitar hechos de violencia y saqueos.
La Defensoría del Pueblo asumirá funciones de supervisión para verificar el cumplimiento de la resolución y recibir denuncias sobre posibles vulneraciones de derechos.
La Sala Constitucional advirtió que la privación sostenida de alimentos, medicamentos, agua o asistencia médica puede derivar en responsabilidades administrativas, civiles, constitucionales e incluso penales.
El fallo ratifica que la protesta pacífica mantiene protección constitucional siempre que no afecte servicios esenciales ni derechos fundamentales de la población.
La Paz es el departamento más golpeado por los bloqueos y medidas que protesta que impiden el paso de alimentos y carburantes.





















































































