Los magistrados cesados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) presentaron una acción de libertad ante la Sala Constitucional de turno del Tribunal Departamental del Beni, con el fin de dejar sin efecto las órdenes de aprehensión dictadas en su contra.
La demanda fue interpuesta en la ciudad de Trinidad por el abogado Alex Mejía, en representación de Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, René Iván Espada Navia, Karem Lorena Gallardo Sejas, Julia Elizabeth Cornejo Gallardo e Isidora Jiménez Castro.
Tras conocerse el martes el cese inmediato de sus funciones dispuesto por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, el Juzgado Público Mixto Civil, Comercial, de Familia e Instrucción Penal 1º de La Guardia (Santa Cruz) ordenó la aprehensión de los cinco exmagistrados, denunciados por haberse autoprorrogado en sus cargos.
La determinación fue emitida por el juez Rodrigo Aldo Vedia Espinoza, quien instruyó a cualquier funcionario policial ejecutar las aprehensiones y trasladar a los involucrados al Módulo Policial de La Guardia, para luego ponerlos a disposición del juzgado. Según el mandamiento, la medida busca garantizar su comparecencia y permitir que el tribunal resuelva la Acción Popular que cuestiona su permanencia irregular en el TCP.
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En la acción planteada, los exmagistrados solicitan que se deje sin efecto de forma inmediata los mandamientos de aprehensión, y que la Policía Boliviana sea notificada para suspender la persecución y el hostigamiento en su contra.
Asimismo, piden anular cualquier actuación vinculada a una eventual alerta migratoria y ordenar su notificación a la entidad pública correspondiente. También exigen que se restituya de manera inmediata la garantía y el resguardo de sus derechos fundamentales, y que se señale sin demora una audiencia para resolver la petición, en cumplimiento de la Constitución y la Ley del Tribunal Constitucional.
El recurso sostiene que la emisión de mandamientos de aprehensión dentro de una acción popular es un acto ilegal y tiene fines completamente distintos al del mandamiento de aprehensión dictado por la autoridad “en el que abusando de sus competencias incurre en una persecución ilegal al pretender conducirnos a un acto procesal al cual ni siquiera se nos citó legalmente”.





















































































