La Defensoría del Pueblo emitió un pronunciamiento en el cual expresó su “preocupación” ante la decisión del Gobierno de exigir el carnet de vacunación contra el sarampión como requisito para el pago del bono Juancito Pinto. La institución pidió respetar la norma que regula este beneficio.
“El bono Juancito Pinto tiene una regulación a través de la Resolución Ministerial 0613/2025, este reglamento establece como requisito único la presentación de la cédula de identidad del titular o del beneficiario, no establece ningún otro requisito más”, cuestionó el defensor del Pueblo, Pedro Callisaya.
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No obstante, el Gobierno decidió adicionar un requisito para el cobro. El Ministerio de Educación informó el lunes que, además de la cédula de identidad, también se requeriría el carnet de vacunación contra el sarampión para hacer el pago de Bs 200 del bono.
BONO
Esto ha generado una respuesta de la Defensoría del Pueblo.
“La Defensoría del Pueblo, en cumplimiento de su mandato constitucional de velar por la promoción y defensa de los derechos humanos, en especial los derechos de niñas, niños y adolescentes, manifiesta su preocupación ante la información pública referida a la exigencia del carnet de vacunas como requisito para el cobro del Bono Juancito Pinto-Gestión 2025”, señala el pronunciamiento.
Como Callisaya lo hizo, el documento cita a la normativa que establece como requisito único la cédula de identidad. El Defensor dijo que debe tomarse en cuenta aspectos como la voluntariedad y el acceso a las vacunas sobre todo en regiones alejadas del país.
“Condicionar el cobro del Bono Juancito Pinto —un incentivo destinado a promover la permanencia escolar— a la presentación del carnet de vacunas constituye una medida vulneradora a los principios de legalidad, igualdad y no discriminación, afectando especialmente a niñas, niños y adolescentes que viven en zonas rurales, comunidades indígenas o familias con limitaciones para acceder a los servicios de salud”, ratifica el pronunciamiento.
Además, respecto de esta exigencia, la Defensoría considera que “imponer requisitos no previstos en la norma puede generar exclusión y obstaculizar el acceso a una política pública de carácter universal. Si bien la vacunación es una política legítima y necesaria para la protección de la salud pública, su promoción debe realizarse mediante medidas educativas, accesibles y no coercitivas, que respeten las realidades sociales y territoriales”.
REQUISITO
El pedido de la vacunación contra el sarampión se da en medio de un brote que afecta al país. Al momento, más de 300 casos se han identificado en ocho de los nueve departamentos, solo con excepción de Tarija.
El Ministerio de Salud informó que las coberturas, pese al riesgo de la enfermedad, no han pasado del 50% y que aún hay más de un millón de dosis disponibles.
No obstante, la Defensoría ha exhortado a los ministerios de Educación y Salud evitar la exigencia del carnet de inmunización y “adoptar estrategias alternativas de promoción de la vacunación”.
“La Defensoría del Pueblo reconoce la importancia de la vacunación como un deber y derecho en materia de salud. Pero rechaza que su cumplimiento se imponga como condición para acceder a un beneficio educativo y social. El Estado debe armonizar sus políticas públicas en salud y educación para que se complementen, no se condicionen entre sí, priorizando siempre el interés superior, la no discriminación y la igualdad de oportunidades de todas las niñas, niños y adolescentes del país”, establece el citado documento.
Salud informó este martes la instalación de más puntos de vacunación y la opción de descarga virtual del carnet para facilitar el acceso a este documento. El sarampión es una enfermedad altamente contagiosa y que puede causar graves secuelas de salud como encefalitis, ceguera y otros.





















































































