La aprobación en el Senado del proyecto que abroga la Ley 1341 de Estados de Excepción abrió un nuevo debate político sobre el alcance de las medidas que podría asumir el Gobierno frente a los bloqueos y movilizaciones que afectan al país.
La analista política Susan Bejarano sostuvo que la norma eliminada funcionaba como un “candado” para evitar el uso desproporcionado de la fuerza estatal contra las protestas sociales.
Proyecto de ley
“La Ley 1341 básicamente reglamenta el funcionamiento del estado de excepción. El centro de esta norma es que los conflictos internos no se constituyen en sí una amenaza a la seguridad del Estado”, explicó.
Según Bejarano, la ley buscaba proteger las movilizaciones sociales de eventuales excesos del poder político mediante decretos supremos.
La analista consideró que la abrogación deja un vacío jurídico, debido a que la Constitución Política del Estado establece que el estado de excepción debe estar regulado mediante una ley específica.
“La abrogación deja un vacío legal, porque los artículos que regulan en la Constitución el estado de excepción deben ser reglamentados con una ley”, afirmó.
Estado de Excepción
En criterio de Bejarano, la decisión legislativa representa además una advertencia política sobre un posible endurecimiento de la respuesta estatal frente a los bloqueos.
“En esta coyuntura, mi lectura es que la abrogación es una advertencia de que el Gobierno hará lo que prometió que no haría, que es aplicar la fuerza del Estado para contener los bloqueos y las manifestaciones”, señaló.
La analista recordó que Bolivia ya vivió experiencias similares a inicios de este siglo, durante el gobierno de Hugo Banzer Suárez, cuando se aplicaron medidas excepcionales para contener protestas sociales.
“La medida no logró contener la movilización, más bien fortaleció y enardeció a las masas”, sostuvo Bejarano al recordar el contexto de la denominada Guerra del Agua.
Análisis
No obstante, aclaró que la actual Constitución limita considerablemente el alcance de un eventual estado de excepción.
“El estado de excepción no suspende derechos fundamentales, ni de expresión, ni de información, tampoco el debido proceso”, indicó.
Asimismo, remarcó que esa figura constitucional “no es una carta blanca para disparar contra la humanidad de nadie” y recordó que la propia Constitución fija un límite máximo de 60 días para su duración.
Bejarano también advirtió sobre el eventual costo político que tendría para el presidente Rodrigo Paz Pereira aplicar medidas consideradas autoritarias.
Democracia
“Es terrible para un gobierno que se atribuye parte de la recuperación democrática usar métodos asociados históricamente con etapas dictatoriales”, afirmó.
La analista recordó además el antecedente del estado de excepción focalizado aplicado en Pando en 2008, tras la masacre de Porvenir, y señaló que el principal costo político terminó recayendo sobre el entonces prefecto Leopoldo Fernández.
Las declaraciones se producen mientras el proyecto aprobado por el Senado fue remitido a la Cámara de Diputados para su revisión constitucional.
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