La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi) aprobó y puso en vigencia el reglamento para Empresas de Tecnología Financiera (ETF), conocidas como Fintech a nivel internacional y que operan con activos virtuales, informó la directora ejecutiva de la entidad, Ivette Espinoza.
La norma establece que estas instituciones deben tramitar una licencia de funcionamiento para operar.
Las Fintech involucra a empresas que desarrollan y utilizan tecnologías innovadoras para brindar servicios financieros.
Espinoza presentó este martes la Resolución 540/2025 del 3 de julio de 2025, que pone en vigencia el reglamento para ETF constituidas en el territorio nacional.
“¿Cuál es el objeto que tiene este reglamento?, es reglamentar la constitución y funcionamiento de las Empresas de Tecnología Financiera, así como la adecuación de las que ya estuvieran prestando servicios en el territorio nacional en el ámbito de lo que son servicios financieros, mercado de valores y seguros”, explicó en conferencia de prensa.
El reglamento alcanza a empresas constituidas en territorio nacional que presten servicios con innovación tecnológica en el ámbito de servicios financieros, mercado de valores y seguros. Además, empresas constituidas en el extranjero, que a través de alianzas con entidades supervisadas presten servicios con innovación tecnológica en el país.
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Asfi
Espinoza explicó que la norma establece que las ETF requieren de una licencia de funcionamiento para operar y el trámite se inicia con una solicitud que debe realizar la empresa, además que debe presentar una garantía de seriedad.
La Asfi realizará una evaluación de la documentación presentada por la empresa para autorizar o rechazar la solicitud.
El reglamento está compuesto de VIII secciones, la I, aspectos generales; II, constitución y obtención de la licencia de funcionamiento; III, proceso de adecuación; IV, el funcionamiento; V, entorno controlado de pruebas; VI, autorización de nuevos servicios regulados; VII, otras disposiciones; y VIII, disposiciones transitorias.
“Este reglamento se encuentra en nuestra recopilación de normas en el libro I, que está relacionado con la constitución, funcionamiento, autorización, regularización, liquidación e intervención de entidades financieras, en el título II relacionado con las empresas de servicio financieros complementario”, detalló.
Espinoza agregó que las empresas que ya brindan servicios de tecnología financiera tienen plazo hasta el 12 de diciembre para iniciar un proceso de adecuación a la norma.
Remarcó que estas empresas deben impulsar la innovación tecnología asegurando el cumplimiento de la regulación y no se afecte a los consumidores financieros y se debe aplicar la compatibilidad técnica entre plataformas. Además, deben mantener la confidencialidad y reserva de información de los consumidores financieros.
Dependiendo del caso, la Asfi entregará licencia de funcionamiento sin restricciones, con restricción o negará el documento.
Asimismo, especificó que los servicios que prestan están empresas incluyen soluciones con blockchain, activos tokenizados, activos virtuales, pagos, plataformas de financiamiento y tecnología empresarial.
Aclaró que la resolución Asfi 540/2025, no está dirigido a plataformas internacionales como Binance. Espinoza explicó que algunas empresas actuaban como intermediarias entre el usuario y Binance, garantizando que las operaciones se realicen con compradores confiables. “A esas empresas sí se las va a regular, porque están prestando un servicio financiero, no es un intercambio entre particulares”, dijo.




















































































