En 38 días de conflicto social, Bolivia registra 85 vías cortadas debido a movilizaciones y bloqueos que continúan afectando la circulación en distintas regiones del país y que generan dificultades en el tránsito y el abastecimiento de productos básicos, combustibles y medicamentos.
De acuerdo con el mapa de transitabilidad de la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), Cochabamba es el departamento más afectado con 29 puntos de bloqueo, seguido de La Paz con 19 vías obstaculizadas.
En el caso de Potosí se reportan 15 rutas bloqueadas, mientras que Oruro registra 12 y Chuquisaca suma 9 puntos de interrupción. En Santa Cruz aún se mantiene un bloqueo en la zona de San Julián, en la ruta hacia el departamento de Beni.
Pese a los operativos de las fuerzas del orden para el restablecimiento y la circulación vehicular, las medidas de presión que están siendo por la Central Obrera Boliviana (COB) y sector campesino se han mantenido durante las últimas semanas.
Tras más de 16 horas de debate, la Cámara de Diputados sancionó la madrugada de este domingo la Ley de Regulación de los Estados de Excepción.
La norma, que contiene 27 artículos y una disposición abrogatoria y derogatoria, fue remitida al presidente Rodrigo Paz para que sea promulgada.
La legislación establece que el presidente podrá declarar estado de excepción mediante decreto supremo en casos de conmoción interna, amenaza a la seguridad del Estado, peligro externo o desastres naturales.
También prevé la intervención de las Fuerzas Armadas cuando la Policía sea rebasada, bajo convocatoria presidencial, mientras que el Ministerio Público deberá actuar de forma ininterrumpida junto a las fuerzas del orden en la investigación de delitos de orden público.
La norma también establece que la participación de las Fuerzas Armadas en conflictos internos será de carácter extraordinario, temporal y complementario a la labor de la Policía, únicamente cuando esta haya sido rebasada en el control de la situación.
Asimismo, fija límites claros al estado de excepción al señalar que no podrán suspenderse derechos fundamentales como el derecho a la vida, la integridad personal, la igualdad ante la ley, la libertad de conciencia ni el debido proceso. De igual forma, prohíbe expresamente la tortura, las detenciones arbitrarias y el uso indiscriminado de la fuerza.




















































































